La prisión provisional, regulada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su Libro II, Título VI, Capítulo III, arts. 503 a 519, es una medida cautelar que supone la privación de libertad del encausado, impuesta judicialmente mediante auto motivado a una persona jurídicamente todavía inocente, con el fin de asegurar los fines del proceso y la eventual ejecución de la pena por un delito de especial gravedad, y en quien concurre un peligro de fuga suficiente para presumir racionalmente que pudiera no acudir a la celebración del juicio oral.