"¿Qué diremos además de los daños que origina la falta de oportunas leyes de prevención social por el lado económico? He aquí uno de los puntos más delicados del argumento relativo a las relaciones de la función social de prevención con la función económica; argumento seriamente tratado en nuestros días por los criminalistas de la escuela positiva, la cual, al estudiar las causas del delito, ha hallado en la mala ordenación económica un factor social que concurre eficazmente al aumento de la criminalidad y a la aparición de nuevos fenómenos criminosos. Este argumento es digno de un estudio especial, y nosotros nos ocuparemos de él de intento. No omitiremos, sin embargo, en este la oportuna mención de algunos casos señalados, en que parezca necesario desenvolver la función de prevención social. Estas ligeras ideas bastan para mostrar el objeto del presente trabajo, que hemos denominado: El derecho en la vida económica. No pretendemos desenvolver en particularidades minuciosas la relación entre la función jurídica del Estado y la vida económica; sino solo mencionar algunos casos de los más importantes, en que ...