La capacidad de obrar de los menores como nuevos sujetos activos de derechos y libertades constituye uno de los conflictos más difíciles a los que debe enfrentarse el operador jurídico, sobre todo, cuando tales conflictos surgen en el ámbito del tratamiento médico, donde los valores e intereses a proteger son especialmente trascendentes. La dificultad radica, esencialmente, en el carácter progresivo de la capacidad del menor y, en muchas ocasiones, no absolutamente homogéneo de unos menores a otros. El debate científico y jurídico sobre optar por un criterio objetivo (edad) o subjetivo (madurez) no está cerrado aún, pese a que viene planteándose desde hace ya varias décadas. Además, en la resolución de tales conflictos surgen diferentes dudas y problemas, no sólo derivados de la complejidad de operar con principios jurídicos algo difusos como es el del interés superior del menor, o por el papel que en la toma de decisiones debe otorgarse a los padres, sino, sobre todo, por las nuevas evidencias científicas que surgen al amparo del avance de los estudios de imagen del cerebro, a través, entre otras, de la neurología de la conducta que ponen en duda el paradigma ofrecido por la psicología evolutiva con el que hemos venido operando tradicionalmente en el campo jurídico...