Una parte destacable del Derecho Internacional Público versa sobre la materia por excelencia del Derecho Constitucional: los derechos fundamentales, así que podría hablarse de una auténtica "constitucionalización", aunque los tratados no sean fruto de un acto de poder constituyente alguno. Era inevitable también que el ensanchamiento del Derecho constitucional estatal se reprodujera en el Derecho Internacional que lo replicaba. Y si en el primero la cuestión social se formalizaba con la noción de Estado social y la eventual proclamación de derechos sociales, el Derecho Internacional acabaría reproduciendo la dualidad derechos civiles-derechos sociales. La obra que tiene el lector en sus manos se ocupa de la aludida internacionalización del Estado social y analiza, en el ámbito del Consejo de Europa, la Carta Social Europea y cómo la interpreta el Comité Europeos de Derechos Sociales, una interpretación "constitucional", como se comprueba al analizar su jurisprudencia. Lo mismo acaba haciéndose en otros sistemas internacionales de protección de derechos sociales, asimismo estudiados en esta obra. Todos coinciden en defender la indivisibilidad e igual rango de los derechos sociales y los derechos civiles.